Dispositivo.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la incidencia surgida en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) seguido por DUARTE MEDINA, JUAN FRANCISCO contra LA SOCIEDAD MERCANTIL ISNTALACIONES MANTENIMIENTO OBRAS S.A. (INMOSA), ambos identificados, declara:
• NULO, el auto dictado en fecha 24 de enero de 2005, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, mediante el cual dicho Juzgado ordenó entre otras decisiones admitir nuevamente la reconvención formulada por el demandado-reconviniente y, suspender la causa de conformidad con lo previsto en el artículo 386 del Código de Procedimiento Civil.
• QUEDAN SIN EFECTO Y SIN NINGUN ALCAN.....