Este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la parte apelante ciudadano ENRIQUE PACHECO, a través de su apoderada judicial, abogada en ejercicio ANABEL CAMEJO, contra la decisión publicada por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 14 de Marzo de 2005. SEGUNDO: Se revoca la decisión publicada por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 14 de Marzo de 2005, en cuanto a la tacha incidental. TERCERO: SIN LUGAR, la Tacha Incidental propuesta por la parte demandada, empresa CONSTRUCTORA LA GALERA, C.A. CUARTA: Se condena en costas a la parte demandada por haber ejercido la Tacha Incidental y haber resultado vencida total.....