III.- Por los fundamentos expuestos:
Éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO (CONVERSIÓN EN DIVORCIO) PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS PABLO ALFONSO RUBIO GARCIA y YOSELIN CAROLINA FRANCO CRESPO, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-20.256.270 y V-18.341.861 respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día veintiséis (26) de Julio del 2.013, por ante el Registro Civil de la Parroquia Jorge Hernández del Municipio Cabimas, estado Zulia, bajo el número 88, Año 2.013.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la Profesional del Derecho NOLLY FRANCO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del .....