"...DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos EDUARDO ANTONIO PEREZ MONAGAS y EDUVIGIS JOSEFINA ALFONSO DE PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.4.081.582 y 4.848.730, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído el día 14 de septiembre de 1.976, por ante la Prefectura del Municipio Libertador, jefatura Civil de la Parroquia El Recreo, Caracas, Distrito Capital..."