Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento propuesta por los ciudadanos ENRIQUE MANUEL ROMERO DIAZ y JACQUELINE MORAN URDANETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V.-9.799.404 y V-10.919.411, respectivamente, y en consecuencia, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los mencionados ciudadanos en fecha en fecha Veintidós (22) de Agosto de Mil Novecientos Noventa y Ocho (1998), emitida por el Registro Civil de la parroquia Domitila Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia.
SEGUNDO: SE ORDENA oficiar al Registro Principal del Estado Zulia y a el Registro Civil de la parroqui.....