DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR la solicitud planteada y en consecuencia DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos ANGEL RAFAEL ROJAS BRACHO y YORMARY DEL VALLE MENDOZA URDANETA, el día primero (01) de marzo del año dos mil trece (2.013), por ante la Registradora Civil y Secretario del Registro Civil de la Parroquia Concepción del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, Acta N° 25, tal como se evidencia de copia certificada agregada a las actas en el folio 2.-
Por otra parte, este Tribunal a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 3 numeral 2 de la Ley Orgánica de Registro Civil, ordena remitir con oficio al Consejo Nacional Electoral en la O.....