Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos VICTOR GERARDO GONZÁLEZ y MARÍA DEL CARMEN LÓPEZ DE GONZÁLEZ, anteriormente identificados, asistidos por el abogado en ejercicio GUSTAVO PEREZ, en fecha Nueve (09) de Julio de Dos Mil Dos (2002), por ante el Intendente y Secretaria, respectivamente, de la Parroquia Libertador, Municipio Baralt del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 15, acompañada a los autos.