-IV-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Que es COMPETENTE este Tribunal Superior Primero del Trabajo, para conocer de la regulación de Competencia planteada por la parte demandante en la causa principal en contra de la decisión dictada por el Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo del Circuito judicial laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 29 de enero de 2013. SEGUNDO: Que la COMPETENCIA para conocer de la presente causa, le corresponde al Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción judicial del estado Zulia con sede en Maracaibo. TERCERO: SE REVOCA la decisión apelada. CUART.....