En virtud de la motivación anteriormente expuesta, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, en Funciones de Control N° 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Califica la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano JHONGLIS ALBERTO BRAVO MEJIAS, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 13-01-1991, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, titular de la cédula de identidad N° V-25.759.308, hijo de José Luis Bravo y de Francisca Ramona Mejías, residenciado en el sector Reinaldo Méndez, calle 1, casa N° 4-52, a una cuadra de la palaza, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, de conformidad con las previsiones del articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y siendo el Ministerio Público el ti.....