Ahora bien, consta de las actas procesales que en fecha cuatro (04) de abril de 2008, las partes de la presente causa celebraron una transacción, la cual fue homologada por este Juzgado por resolución de fecha veintinueve (29) de abril de 2008, en el cual la sociedad mercantil PROMOTORA LAGOMAR C.A. (PROLAMAR) traspasa en plena propiedad a los ciudadanos TONY DE JESÚS HERNÁNDEZ Y ARTEMIS AGUILERA DE HERNÁNDEZ, una zona de terreno que abarca aproximadamente Doscientos cincuenta y cuatro metros cuadrados (254mts2), disgregada del resto del parcelamiento "LAGO AZUL", ubicada en la hoy calle 22, del sector La Coromoto (antes calle 176 antiguo Caserío San Ramón), del Municipio San Francisco del Estado Zulia, que identifican, y a su vez los ciudadanos TONY DE JESÚS HERNÁNDEZ Y ARTEMIS AGUILERA DE HERNÁNDEZ darían en permuta a la empresa PROMOTORA LAGOMAR C.A. (PROLAMAR) una zona de terreno identificadas como parcelas 45 y 46 del parcelamiento "LAGO AZUL", identificada en actas; declarándo.....