En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por la Dra. MARIA GABRIELA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.336.350, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.010, en su carácter de apoderada Judicial de la Parte Demandante y la ciudadana ZAIDA GUADALUPE ROMERO VILLALOBOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.973.424, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA CASTILLO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 134.339, parte demandada.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada. TERCERO. Se deja la causa abierta hasta tanto la parte demandada cumpla con el presente Convenimiento suscrito en fecha 17 de Febrero de 2009. Incorpórese el Cuaderno de medidas al expediente principal Nº 1.300-09, de conformidad con lo establecido por el ar.....