Por los fundamentos antes expuestos esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado MARIO QUIJADA RINCÓN, actuando con el carácter de defensor de acusado ALDO MANUEL AYASO O AYAZO DE LA CRUZ, contra la sentencia definitiva publicada en fecha 19 de Noviembre de 2006, por el Juzgado Noveno de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido como Tribunal Mixto, en la cual condena al mencionado acusado, a cumplir una pena de quince (15) años de prisión más las accesorias de ley, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado, previsto y sancionado en el numeral 1 del artículo 406 del Código Penal, este Tribunal declaró admisible el presente recurso en fecha 29 de Enero de 2007, y en consecuencia se ANULA la decisión recurrida, ordenándose l.....