PRIMERO: Se RATIFICA la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA ESPECIAL DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD PECUARIA Y A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA, consistente en proteger la actividad pecuaria constituida en la cría de Ganado Vacuno, desarrollada por el ciudadano ENNYD MOYA RINCONES, suficientemente identificado, en el lote de terreno ubicado en el Sector La Vega de El Cardón, Municipio Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta, que tiene una superficie de Nueve Hectáreas con Dos Mil Novecientos Noventa y Nueve Metros Cuadrados (9 has con 2.999 Mts2), aproximadamente, con los siguientes linderos: NORTE: Terrenos ocupado por Lorenzo Pino; SUR: Presunto terreno de la Compañía 31 de Julio y terreno ocupado por Jesús Morao; ESTE: Río El Mangal; y OESTE: Terreno ocupado por Antonio Navarro;
SEGUNDO: Se RATIFICA la vigencia de veinticuatro (24) meses de la Medida Preventiva dictada, en consideración a la actividad pecuaria desarrollada en la referida unidad de producción, contados a partir de la publ.....