JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, trece (13) de febrero de 2013. Años 202º y 153º.- Recibido de la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, constante de dos (02) folios útiles y en diecinueve (19) folios sus anexos. Fórmese expediente y numérese. Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que los ciudadanos HILDA JOSEFINA GARCIA, WANDA JOSEFINA ROMERO GARCIA, WENDY JOSEFINA ROMERO GARCIA, WILDA CHIQUINQUIRÁ ROMERO GARCIA y MARCOS ANTONIO ROMERO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad números 3.797.016, 10.418.863, 10.418.862, 13.627.297 y 8.504.717 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JOSÉ RAFAEL ARRIAS GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.387, solicitan se les declare suficientes los derech.....