Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos LUCY COROMOTO CHIRINOS DE ROJAS y ROLAN JOSE ROJAS SANDREA, en fecha dos (02) de diciembre del año dos mil (2000), por ante el Jefe Civil y Secretario, respectivamente, de la Parroquia Ana María Campos, Municipio Miranda, del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el Nº 13, acompañada a los autos en copia certificada.