este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, debe forzosamente declarar:
PRIMERO: TERMINADO el PROCESO de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, incoado por el ciudadano ALEX RAFAEL MALAVE BOTINI, titular de la cédula de identidad número 19.156.573, asistido de la Defensora Pública Segunda de Protección, Doctora Maria Celeste de Castro, contra la ciudadana OSCARLIS DEL VALLE SUAREZ SALAZAR, titular de la cédula de identidad número 20.535.540, en beneficio de la niña (Identidad omitida conforme a lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA). Así se Establece
SEGUNDO: Se ordena el ARCHIVO DEFINITIVO y su remisión al Archivo Regional para su custodia y cuido, previa devolución de los originales, dejando en su lugar copia certificada de los mismos. Así s.....