DECISION
Con fundamento en lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se mantiene la medida provisional de Colocación Familiar dictada en fecha treinta (30) de junio de 2010, a favor de la niña (omitido de conformidad con lo establecido en la norma del articulo 65 LOPNNA), en la persona de la ciudadana Belkys Yolanda Miranda Rodríguez, , titular de la cédula de identidad Nº V-5.933.229. Se le sugiere a la ciudadana Belkys Yolanda Miranda Rodríguez, ya identificada, que recurra a alguna ayuda profesional más que todo con un psicólogo a los fines de obtener las herramientas para llevar el comportamiento de la niña.