Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado de los Municipios Machiques de Perijá y Rosario de Perijá de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara de oficio PERIMIDA LA INSTANCIA, en la presente demanda que intentó el ciudadano ALFONSO ENRIQUE GAMARRA OSORIO, C.I. E-81.933.790, con domicilio en el Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, en contra de la empresa LICORES ENZO JALISCO, S.R.L.. Y ASÍ SE DECIDE.