En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA INNOMINADA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA DE LA NACIÓN, A LA BIODIVERCIDAD Y AL TRABAJO; sobre las MIL SETECIENTAS CUARENTA Y TRES PUNTO SETENTA Y DOS (1.743.72 Has), existentes sobre el lote de terreno denominado EL RODEO; a favor del ciudadano GIUSTINO BRUNO CIANCI VALERIANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.298.304, ganadero, domiciliado en el Municipio Baralt del Estado Zulia; en contra de cualquier acto perturbatorio que este destinado a desmejorar o a arruinar el ambiente, la Cría de Ganado Vacuno y el trabajo realizado en el campo.
SEGUNDO: La vigencia de la medida ut supra decretada será de un (01) meses, contados a partir de la publica.....