Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, prevista en e l Artículo 256 Ordinales 3 Y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, al Ciudadano RICARDO ENRIQUE RENDILES GONZALEZ, Venezolano, natural de santa Bárbara de Zulia, de 24 años de edad, nacido el 05 de septiembre de 1984, soltero, estudiante, titular de la Cédula de identidad Nº Nº V.-16.886.795, hijo de Rigoberto Rendiles y Noemí González de Rendiles, residenciado en la avenida 4 bis, casa Nº 6-16, San Carlos, Municipio Colon del Estado Zulia, en razón de haber precluido el lapso de la Fiscalia del Ministerio Publico para presentar el correspondiente acto conclusivo, de conformidad a lo establecido en e Articulo 313 DEL Código Orgánico Procesa.....