Por los fundamentos expuestos este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, seguida por los ciudadanos LISSETT CECILIA GOMEZ BRAVO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V.-10.442.805 y la ciudadana JOSE LUIS BOSCAN GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.714.392, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial, que contrajeron ante el Registro Civil de la Parroquia Cacique Mara, del Municipio Maracaibo, Estado Zulia.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al Registro Principal del Estado Zulia, al Consejo Nacional Electoral (CNE), y al Registro Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio, Maracaibo Estado Zulia, a los fines de que estampe .....