´Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, declara como ÚNICIOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante RAFAEL ANTONIO GONZALEZ GENES, quien fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.758.021, según consta en la copia certificada del acta de defunción No.2147, inserta en fecha dieciséis (16) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), emitida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Cristo Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a los ciudadanos FERNANDO GONZALEZ LEMUS, y SUSANA GONZALEZ LEMUS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 13.876.161 y 13.877.509, respectivamente, dejándose a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.´