DISPOSITIVO
En virtud de lo expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA el acuerdo celebrado en el juicio que sigue el ciudadano JEAN CARLOS PRIMERA SILVA, en contra de la Sociedad Mercantil CENO, C.A., y a título personal en contra del ciudadano FERNANDO PARDI, todos plenamente identificados en las actas procesales, otorgándole el carácter de COSA JUZGADA.
SEGUNDO: Se ordena el archivo definitivo del expediente, toda vez que consta en actas el cumplimiento de la obligación contraída.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA en costas dada la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada del presente fallo por Secretaría. Dada, firmada y sellada en la Sede del TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN J.....