DECLARA:
¿ Consumado el Acto Procesal del Convenimiento de Obligación de Manutención de fecha 27 de Noviembre de 2008, celebrado entre los ciudadanos MAGALY MUÑOZ ALCARRAZ y CARLOS GUILLERMO OCHOA GONZALEZ, asistidos por los Abogados JOSE JESUS MEDEINA YEDRA y MARCELA CUEVAS MENDEZ, en beneficio del niño LUIS GUILLERMO OCHOA MUÑOZ, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
¿ Este Tribunal ordena oficiar a la Acción Católica de Venezuela, Arquidiócesis de Maracaibo, Programa por la Unidad de la Familia (PROUFAM) a los fines de que se sirvan realizar terapia parental y de orientación a los referidos ciudadanos, haciendo énfasis en la comunicación entre éstos.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.