Concluida la evacuación de las pruebas, la revisión de las documentales; esta Juzgadora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Decretar como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la de cujus MARIA BENITA CAMACHO MEJIA, a su hija la adolescente ""... Cuya identidad se omite conforme a lo establecido en El Articulo 65 de la L.O.P.N.N.A..""y que no hay ningún otro heredero legítimo, salvo derechos de terceras personas. Entréguese originales de las presentes actuaciones a la parte interesada, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.