Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIËN OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la Rep·blica y por Autoridad de la Ley, declara:
?NICO: INADMISIBLE el recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por el ciudadano FRANK MARTIN HIGUERA MORLES, plenamente identificada en las actas, en contra de Providencia Administrativa dictada en el expediente N? 1054, por el Inspector del Trabajo de los Municipios Carirubana, Falc¾n y Los Taques del Estado Falc¾n en fecha dieciocho (18) de marzo de dos mil cinco (2005), de conformidad con lo establecido en el art?culo 19 de la Ley Orgßnica del Tribunal Supremo de Justicia.
PUBLIQUESE, REG?STRESE y NOTIF?QUESE. DÚjese copia certificada por Secretar?a del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el art?culo 248 del C¾digo de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el art?culo 1.384 del C¾digo Civil y a los fines legales pre.....