Por todos los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO, CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Conforme a lo dispuesto en el artículo 365 Y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, SENTENCIA ABSOLUTORIA, a favor de los acusados: VICTOR MANUEL HIDALGO RIVERA, venezolano titular de la cedula de identidad numero 14.631.058, natural de Maracaibo estado Zulia, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 02/12/1979, domiciliado en la calle 76 sector cerros de Marín casa N° 2E-98 municipio Maracaibo del estado Zulia por la presunta comisión del Delito de CO-AUTOR DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO CONTINUADO, previsto y sancionado en el articulo 458, en concordancia con el articulo 99, ambos del Código Penal, y MIGUEL ÁNGEL TORRES RIVERA, venezo.....