Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA a favor del PENADO RINCONES SIFONTES JESUS DANIEL Y RINCONES SIFONTES MIGUEL ANGEL, plenamente identificados, el CUMPLIMIENTO DE LA TOTALIDAD DE LA PENA IMPUESTA, en consecuencia, se declara Extinguida Responsabilidad Criminal, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese a las partes y remítase copia del presente auto.
Regístrese, déjese copia, notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. CÚMPLASE.-