En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE ALBERTO VIVAS NOGUERA y GRAZIANGELA OROFINO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.10.156.287 y 11.735.590 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído el día 09 de noviembre de 1996 ante el Jefe Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital. Así se Decide.
No hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia de acuerdo a lo consagra.....