DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La HOMOLOGACIÓN de la transacción judicial celebrada en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguió la ciudadana ANA LUISA SOTO PADRÓN contra la sociedad mercantil GRUPO TEXAS CA. En consecuencia, se da por consumado el acto y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se da por terminada la presente causa y se ordena su remisión al Archivo Judicial para su custodia y cuido, en la oportunidad procesal correspondiente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Proc.....