Este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada, a través de su apoderada judicial, Abogada GLORIA VALENZUELA, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva de Esparta, en fecha 24-05-2.004. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva de Esparta, en fecha 24-05-2.004, quedando ésta modificada en cuanto al punto referente al pago de los salarios caídos, en los siguientes términos: para el cómputo de los salarios caídos comenzará desde la fecha de la contestación de la demanda y termina con.....