SE DECLARAR CON LUGAR la Solicitud de Divorcio presentada por el ciudadano DARWIN JOSE MARCANO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nros. V- 13.192.864, asistido del abogado ROBINSON CARRERA SALGADO, inscrito en el inpreabogado bajo el número 155.246, conforme al articulo 185 A del Código Civil, y aceptada por su cónyuge, ciudadana SONIA YSABEL CASTILLO MARIN, titular de la cédula de identidad número 15.202.312; y como consecuencia de ello, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA, contraído en fecha 09.06.1998 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Mariño del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, según consta de acta número 150 inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese despacho en el referido año. Así se Decide.
Respecto de la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, queda establecido en los siguientes términos:
√ La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza,.....