PRIMERO: SE DECLARA de oficio, que en la presenta causa ha operado de hecho y de derecho LA PERENCIÓN prevista en el artículo 182 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en el presente RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, presentado en fecha veintiuno (21) de diciembre del año 2011, por el abogado en ejercicio DANIEL ARTURO FRANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 18.747.838 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 157.988, domiciliado en la ciudad de Valencia del Estado Carabobo., actuando como apoderado judicial de la AGROPECUARIA FLORA "AGROFLORA", C.A., sociedad ganadera inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el Nro. 13, Tomo 13-A, en fecha veintitrés (23) de septiembre de 1987, domiciliada en la ciudad de Valencia del Estado Carabobo, contra la resolución emanada del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en sesión No. 406-11, Punto de Cue.....