¿ CON LUGAR, la apelación interpuesta por el profesional del derecho HERMES SEGUNDO NUÑEZ BRACHO, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE GREGORIO CARDOZO PARRA, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 09 de mayo de 2007, sólo lo que respecta a lo decidido en el particular "...SEGUNDO...".
¿ NULO, lo proferido por dicho Juzgado en fecha 09 de mayo de 2007, sólo lo que respecta a lo decidido en el particular "...SEGUNDO..."; y, por consiguiente, dicho Juzgado deberá ordenar tal y como fue solicitado por el demandado mediante diligencia de fecha 04 de mayo de 2007, en el particular antes señalado que "....Ordene oficiar al Representante de la Empresa P.D.V.S.A. a los fines de participarle el levantamiento de todas y cada una de las medidas de embargo preventivo decretadas en mi contra, y que todas las cantidades de dine.....