Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente EL CIEN POR CIENTO (100%) de las PRESTACIONES SOCIALES Y FIDEICOMISO que le pueda corresponder al ciudadano WILMER JOSE RIVERO TERAN, titular de la cédula de identidad N° V-9.310.613 como trabajador al servicio del Comando de la GUARDIA NACIONAL DE LOS PUERTOS DE ALTAGRACIA, en caso de despido o retiro voluntario, jubilación o muerte, todo ello para garantizar las pensiones futuras de los niños y/o adolescentes ISACC ALFONZO, GABRIELA STEPHANIE, DANIEL ENRIQUE Y MIGUEL ANGEL DE JESUS RIVERO CANCELADO. Se le informa al notificado que una vez retenidas las cantidades de dinero por los conceptos antes mencionados, las mismas deberán ser remitidas en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL.....