Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN LABORAL y consecuencialmente IMPROCEDENTE la demanda POR COBRO DE BOLÍVARES POR CONCEPTO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES intentada por la ciudadana FRANCISCA VIOLETA NAVA DE ZABALA, viuda de quien en vida fuera el ciudadano JOSÉ MANUEL ZABALA PEROZO contra la sociedad mercantil PETROQUÍMICA DE VENEZUELA S.A. (PEQUIVEN)
Se exime a la parte actora al pago de las costas procesales, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena la notificación al PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, del presente fallo, con oficio y copia certificada de esta decisión, a tenor del Artículo 95 del Decreto con Rango de L.....