Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudenciales y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
• PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud presente de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO; en atención al criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02/06/2015 sentencia No. 693, y la sentencia No 446-2014 de la misma sala, interpuesta por los ciudadanos: VICENCIO PAUL PEREZ SOCORRO y ROSANYELA FLOR MEDINA BIASINO, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cédula de identidad Nº V.- 19.694.265 y V.- 20.662.495, respectivamente; ambos domiciliados en la Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, República de Chile, representados en este acto por.....