PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana EFIGENIA ROMERO ROMERO, contra los ciudadanos RAUL LUGO, ELI LUGO, JESUS LUGO y GILBERTO LUGO, ambos plenamente identificados.- SEGUNDO:SIN LUGAR, LA DEMANDA DE TERCERIA, incoada por la ciudadana ESTILITA HERNANDEZ, contra la ciudadana EFIGENIA ROMERO ROMERO, ambas plenamente identificadas en autos.-TERCERO:Como consecuencia de la anterior, se declara a ciudadana EFIGENIA ROMERO ROMERO, como heredera de los bienes del causante JOAQUIN JOSE LUGO y a los hijos ciudadanos ROMERO ROSA AMELIA, ROMERO RAUL RAFAEL, ROMERO AGUSTIN JOSE, LUGO ROMERO MARIA JOSE, ROMERO JESUS MANUEL, que procrearon dentro de la unión concubinaria permanente y duradera desde el año 1.943, aproximadamente, hasta el momento de la muerte del causante, tal como quedo comprobado en la sentencia de INQUIISCION DE PATERNIDAD, emanada del Tribunal primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de este .....