PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ANA VICTORIA ESPINOZA SOTO, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana YVONNE CALDERA DE GONZÁLEZ, en su condición de víctima. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 381-14, de fecha 06-03-2014, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual decretó la nulidad absoluta de la audiencia preliminar y el auto de apertura a juicio emitido por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en fecha 28-02-2013, en la causa seguida en contra de los ciudadanos ENERVA COROMOTO BOHÓRQUEZ SUÁREZ, JOSÉ GABRIEL SÁNCHEZ BOHÓRQUEZ, CARLOS EDUARDO SÁNCHEZ BOHÓRQUEZ, GRINOLFO SÁNCHEZ CHACÓN y ENEIDA JOSEFINA BOHÓRQUEZ SUÁREZ, por encontrarse incurso en la presunta comisión de los delitos de PERTURBACIÓN A LA PACÍFICA POSESIÓN DE INMUEBLE, AGAVILLAMIENTO y LESIONES EN GRADO DE COMPL.....