En virtud de las consideraciones precedentes y por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda, incoada por el Ciudadano JOSE ANTONIO GOMEZ GOMEZ Contra la Sociedad Mercantil AUTOMOTRIZ VASQUEZ C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.-