DECISIÓN:
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE por operar la CADUCIDAD de la presente el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el ciudadano Raúl Colina Cedeño, antes identificado, contra el acto administrativo contentivo del Oficio PGE S/Nº de fecha 21 de diciembre de 2007, suscrito por la Licenciada Antonieta de Sierra, en su condición de Jefa de la Unidad de Administración, Presupuestos y recursos Humanos de la Procuraduría del Estado Falcón; con fundamento a lo establecido en el artículo 94 de la Ley sobre el Estatuto de la Función Pública y la sentencia Nº 1.643 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia del 03 de octubre de 2006.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fa.....