IV.- DISPOSITIVO.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos los ciudadanos YBETH DEL CARMEN LUGO ARISMENDI y DANIEL ENRIQUE JIMENEZ VILLASMIL, venezolanos, mayores de edad, con cedulas de identidad Nos. V- 13.704.936 y V- 9.764.338, con número telefónico: 0424-645-7696 y 0414-629-6263, y correo electrónico: ibelugo2018@gmail.com, domiciliados en el municipio San Francisco del estado Zulia, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha seis (06) de junio de 2001, ante el Registro Civil de la Parroquia San Francisco del Muni.....