Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, criterio jurisprudencial No.693/15, de fecha 02/06/2015, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurado por los ciudadanos JONATHAN RICARDO DONADO MANZANERO y ANGIE KARINA GONZALEZ MAYORCA, titulares de la cedula de identidad No. V-24.251.322 y V-25.342.299 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo estado Zulia, asistidos por el profesional del derecho DAVID ANTONIO DONADO DONADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 161.146, de este domicilio, en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EN DIVORCIO, el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha veintitrés (23) de diciemb.....