Obligación de Manutención: "Primero: El padre se compromete de manera voluntaria a aportarle a su hija anteriormente identificada la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo) mensuales, esta cantidad será cancelada en quinientos bolívares (Bs.f.500,oo) quincenales en efectivo. Segundo: De igual forma ambos padres convienen en aportar cada uno el 50% de los gastos que se ocasionen por concepto de útiles escolares, uniformes, educación, Deporte, medicinas, exámenes de laboratorio, rayos X, gastos medicinas en general, recreación, cosméticos y todo lo demás que requiera su hija. Así mismo el padre aportara la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,oo) anualmente por concepto de BONO DE FIN DE AÑO, para lo que pueda requerir su hija por concepto de ropa, calzado y juguetes y será entregado en efectivo." En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar: "El padre compartirá con su hija los días de LUNES a VIERNES desde las 03:00 p.m. y deberá hacer el retorno el mismo día a las 06:00 p.....