DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección Adolescentes y con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el profesional del derecho JOSE LUIS MORA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 99.836, actuando con su carácter de defensor privado del ciudadano RAUMIL DANGOND, en contra de la decisión N° 889-11, dictada en fecha 15 de abril de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE el escrito de contestación presentado por la por la Abogada Dulce de Jesus.....