Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, EFRAÍN ALEJANDRO ROMERO ODUBER y LEDYS CAROLINA SEBRIANT IBARRA, el 28 de Marzo de 1981, por ante el Prefecto y Secretario respectivamente de la Jefatura Civil del antes Municipio Coquivacoa del Estado Zulia, ahora Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 294, acompañada a los autos en copia certificada, y cuyo último domicilio conyugal estuvo ubicado en el Barrio Las Tarabas, calle 62, casa N° 15-470, de jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Autónomo Maraca.....