Ahora bien, este Tribunal instó a los cónyuges REYNALDO ALBERTO LUGO AGUILAR E IVANNA DANIELA JIMENEZ ROMERO, antes identificados, a la conciliación, y en vista de que no pudo lograrse se Decreta la SEPARACIÓN DE CUERPOS DE MUTUO CONSENTIMIENTO, en la forma convenida por las partes. Así se decide.-