IV.- DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos RUSBELT SANCHEZ PERDOMO y VALERIA CECILIA PIRE FRANCO; venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad números V-18.986.811 y V-19.549.145; respectivamente, ambos de este domicilio, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintisiete (27) de julio de 2012, ante el Registro Civil de la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según se evidencia del acta de Matrimonio Nº 124, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil.....