DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
1) PRIMERO: Extemporáneo el escrito de oposición a la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal con ocasión de la causa por TACHA DE DOCUMENTO intentada por los ciudadanos CARLOS ALBERTO ACOSTA COLINA, contra los ciudadanos ABDON EDUARDO CRESPO TORREALBA, DARWIN ALBERTO TORREALBA YEPEZ, ROY ESCHENAZI MARTINEZ, JULIO CESAR PAEZ LUCENA, ALFONSO JOSE ADAMES GIL, WILDER BOTELLO DE OLIVEIRA, ALBA INES ALVAREZ DE ORDUZ, MARINA MAGDALENA GUERRA GOMEZ, ZULAY DEL CARMEN TORREALBA YEPEZ Y GUSTAVO ADOLFO TORRES PEÑUELA, todos identificados.
2) Se condena en costas de la referida incidencia a los codemandados de conformidad al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
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