esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos parte de la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana Maria del Valle Guilarte Brito, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.112.859, en beneficio de su hija la niña ya identificada. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana Maria del Valle Guilarte Brito, para que pueda representar y retirar en beneficio de su hija, la niña, antes identificada, la Cuota parte que le corresponde en la con sucesión abierta con ocasión al fallecimiento de su padre, el finado Bladimir Junior Martinez Parejo, quien en vida fuera titular de la cédula de Identidad Nº 15.005.597. Con respecto a la.....